Derechos del Pasajero | Retraso

Retraso y Cancelaciones

Derechos del Pasajero | Retraso y Cancelaciones


La aerolínea está obligada a realizar el transporte en la fecha, hora y demás condiciones estipuladas, pero un vuelo podría sufrir un retraso por razones de fuerza mayor, de seguridad, por fenómenos meteorológicos u otros acontecimientos. En el caso de una cancelación o retraso, los derechos de los pasajeros varían dependiendo si la cancelación es o no responsabilidad de la aerolínea.

Siempre tienes derecho a embarcar en el siguiente vuelo que la aerolínea tenga disponible y que te parezca apropiado, o en un transporte alternativo. Ahora bien, si esa alternativa tiene más de 3 horas de diferencia con el horario de salida original (o 4 horas en caso de aeronaves de menos de 29 pasajeros), puedes decidir no perseverar con el contrato y deberás recibir el reembolso del monto total pagado por el pasaje o de la porción no utilizada. Además, existen ciertas prestaciones que la línea aérea debe entregar y otros derechos dependiendo de si la línea aérea es o no responsable por la cancelación o el retraso, y del tiempo que transcurre hasta que puedas continuar con tu viaje. No obstante, cualquier cancelación o retraso de un vuelo deberá ser informado al pasajero por el transportador mediante comunicación escrita por el medio más expedito posible, indicando la causal.

Efectivamente, aunque sólo cuando es responsabilidad de la aerolínea y el retraso o vuelo ofrecido sale con más de 3 horas de diferencia respecto al horario de salida del vuelo original. En ese caso, tienes derecho a:

a) Comunicaciones que necesites efectuar, si el nuevo vuelo difiere del inicial en más de 1 hora;

b) Comidas y refrigerios equivalentes a lo menos a 0,5UF, si la diferencia fuere igual o superior a 2 horas. Cumplido el plazo anterior el pasajero tendrá derecho a prestación equivalente cada vez que transcurran tres horas adicionales de espera (aplicables mientras el pasajero se encuentre en el aeropuerto y no opere la medida de alojamiento);

c) Alojamiento cuando corresponda;

d) Si fuere aplicable, movilización desde el aeropuerto al lugar de residencia del pasajero o al lugar de alojamiento, y viceversa; y

e) Los arreglos y prestaciones que sean necesarias para continuar el viaje, en caso de que pierda un vuelo de conexión con reserva confirmada.

La aerolínea podría cancelar un vuelo o este podría retrasarse por razones de fuerza mayor, de seguridad, por fenómenos meteorológicos u otros acontecimientos semejantes, los cuales NO serían responsabilidad de ésta. Por otra parte, la aerolínea SI sería responsable, por ejemplo,  si no realiza un mantenimiento programado a la aeronave y producto de esto se genera un retraso o cancelación. No obstante, cualquier cancelación o retraso de un vuelo deberá ser informado al pasajero por el transportador mediante comunicación escrita por el medio más expedito posible, indicando la causal.

La aerolínea será responsable por la pérdida de conexiones y costos si existe negligencia de su parte, debiendo el pasajero demandar la reparación ante los Tribunales de Justicia.

El Código Aeronáutico, disponible en http://bcn.cl/2fcfb.

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