Tienes derecho a embarcar en el siguiente vuelo que
tenga disponible la línea aérea o en un transporte alternativo, así como también a los siguientes derechos:
Comunicaciones que necesites efectuar, si el nuevo vuelo difiere del inicial en más de 1 hora;
Comidas y refrigerios equivalentes a lo menos a 0,5 UF, si el nuevo vuelo difiere del inicial en 2 o más horas.
Cumplido el plazo anterior, el pasajero tendrá derecho a prestación equivalente cada vez que transcurran 3 horas
adicionales de espera (aplicables mientras el pasajero se encuentre en el aeropuerto y no opere la medida de
alojamiento siguiente);
Alojamiento cuando corresponda;
Si fuere aplicable, movilización desde el aeropuerto al lugar de residencia del pasajero o al
lugar de alojamiento, y viceversa.
Los arreglos y prestaciones que sean necesarias para continuar el viaje, en caso de que pierda
un vuelo de conexión con reserva confirmada.
Además, si el vuelo sale tres horas después de lo previsto, tienes derecho a recibir una compensación
económica de acuerdo con la tabla inferior. Si recibes dicha compensación no podrás demandar posteriormente
indemnización de perjuicios, por el mismo hecho, en tribunales.