Derechos del Pasajero | Cesión

Cesión

Derechos del Pasajero | Cesión

Cesión de pasajes en vuelos nacionales




A contar del 30 de noviembre de 2021, los pasajeros de vuelos dentro de Chile tendrán la posibilidad, bajo ciertas condiciones, de ceder (o endosar) su pasaje a otra persona. Los(as) pasajeros(as) tienen derecho a ceder a otra persona su pasaje de un vuelo dentro de Chile sin costo y para trayectos de ida y/o vuelta, mientras se cumplan las siguientes condiciones:

El traspaso debe realizarse con al menos 24 horas de anticipación al vuelo.

Debe realizarse entre personas naturales y como máximo una vez por pasaje.

Está limitado a un máximo de una transferencia por semestre por línea aérea.

No está permitida la cesión con fines de lucro, como actividad comercial o de forma habitual.

¿Dónde puedo realizar la cesión?

Las aerolíneas con vuelos nacionales deben disponer en su sitio web un formulario digital para realizar la cesión del pasaje. También puede realizarse presencialmente en las oficinas de venta de pasajes, en los mostradores de los aeropuertos y en agencias autorizadas con las que cuente la aerolínea (agencias de viaje autorizadas).

¿Qué información se requerirá?

La información de quien cede el pasaje y de a quien se traspasa, así como información de la reserva y otros datos que permitan una correcta cesión.

¿Y si cedo mi pasaje con fines de lucro, como actividad comercial, de forma habitual, sin ser ambos involucrados personas naturales o más de una vez por pasaje?

Se expone a ser sancionado con una multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.