A contar del 30 de noviembre de 2021, los pasajeros de vuelos dentro de Chile
tendrán la
posibilidad, bajo ciertas condiciones, de ceder (o endosar) su pasaje a otra
persona.
Los(as) pasajeros(as) tienen derecho a ceder a otra persona su pasaje de un
vuelo dentro
de Chile sin costo y para trayectos de ida y/o vuelta, mientras se cumplan las
siguientes condiciones:
El traspaso debe
realizarse con al menos 24 horas de anticipación al vuelo.
Debe realizarse
entre personas naturales y como máximo una vez por pasaje.
Está limitado a un
máximo de una transferencia por semestre por línea aérea.
No está permitida
la cesión con fines de lucro, como actividad comercial o de forma
habitual.
¿Dónde puedo realizar la cesión?
Las aerolíneas con vuelos nacionales deben disponer en su sitio web un
formulario
digital para realizar la cesión del pasaje. También puede realizarse
presencialmente en
las oficinas de venta de pasajes, en los mostradores de los aeropuertos y en
agencias
autorizadas con las que cuente la aerolínea (agencias de viaje autorizadas).
¿Qué información se requerirá?
La información de quien cede el pasaje y de a quien se traspasa, así como
información de
la reserva y otros datos que permitan una correcta cesión.
¿Y si cedo mi pasaje con fines de lucro, como actividad comercial, de
forma
habitual, sin ser ambos involucrados personas naturales o más de una vez
por
pasaje?
Se expone a ser sancionado con una multa de once a veinte unidades tributarias
mensuales.